martes, 28 de julio de 2009

NO AL INSTITUTO DE DDHH

El gobierno de la Concertación, presidido por la presidenta Michelle Bachelet, ha insistido en la aprobación del proyecto de Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), pese a haber sido ya rechazado por los propios parlamentarios concertacionistas, por considerarlo un proyecto claramente en contraposición con el espíritu de cautela y respeto a los Derechos Humanos (DDHH) que debe primar en su fondo, forma y actuación.

Los defensores de los DDHH, que en primer lugar son las personas que sufrieron en carne propia el atropello a los derechos fundamentales, dejan en claro ante la opinión pública las razones de fondo de su oposición a este proyecto tramado, en los pasillos del Congreso Nacional, por los representantes del Gobierno y de la derecha ayer golpista y hoy día neoliberal en lo económico y conservadora y sin espíritu democrático ni republicano en lo político.

AUTONOMÍA

Uno de los puntos más importantes de los “Principios de París”, Resolución 48/134 de diciembre 20 de 1994 por la Asamblea General de las Naciones Unidas, indica que los Institutos Nacionales de Derechos Humanos (INDH), deben ser autónomos del Estado. Deben velar por la vigencia y respeto de los Derechos Humanos sobre el Estado signatario e impedir que puedan ser violados por los agentes del propio Estado.

Este proyecto de INDH desconoce la autonomía porque en el Consejo Directivo, constituido por once miembros, hay siete representantes designados por el Estado (Título II, Art. 6º) y tolera sólo cuatro representantes de las organizaciones civiles y de DDHH.

En segundo lugar, define la potestad del Presidente de la República y de la Cámara de Diputados, para revocar el mandato de todos los representantes incluidos los de las organizaciones sociales. Estas últimas ni siquiera pueden remover a sus propios representantes (Art. 7º).

Este cuestionamiento, sostenido desde el inicio de la discusión por la ANEXPP CHILE y por las principales organizaciones de DDHH, ha sido esgrimido también por la ONU en sus “Observaciones al proyecto de INDH”, entre otras críticas al mencionado proyecto, y sin embargo el gobierno lo ignora por completo.

IMPUNIDAD

· El INDH tiene atribuciones pero no competencias para ejercerlas ya que se eliminó el artículo respectivo. (Art. 3º del proyecto original)

· Es el Estado a través del Ministerio del Interior quien acreditará las organizaciones con derecho a elegir representantes. Significa que se coopta los representantes civiles y con lleva manipulación política para el gobierno de turno.

· El proyecto desconoce la validez de los Tratados y Convenciones aún no ratificados por el Estado de Chile, pese a que la Corte Suprema, en sus fallos, ya ha establecido su vigencia en el país por ser parte integrante del Derecho Humanitario Internacional.

· El INDH carece de mandato y capacidad para hacer reportes al Comité de DDHH de la ONU sobre el estado y vigencia de los DDHH en Chile.

· El INDH carece de mandato y capacidad para investigar y demandar ante las cortes penales a los criminales de lesa humanidad y a los violadores de los DDHH.

· El INDH, en clara contradicción con el Derecho Humanitario Internacional, puede calificar como sujeto de reparación a los victimarios y otros violadores de DDHH (Art. 3º transitorio, letra b).

CHANTAJE A LAS VÍCTIMAS DE LOS DDHH

El gobierno concertacionista, consciente de la inutilidad, impotencia política e inoperancia del proyecto acordado con la derecha, debió incorporar tres reivindicaciones de los ex Presos Políticos (Normas Transitorias, Arts. 3º, 6º y 7º) para darle un cierto barniz “popular” y darle apoyo social, presionando así a los parlamentarios más conscientes y consecuentes en materia de respeto a los DDHH. El mensaje es meridianamente claro: si quieren reparación tienen que apoyar el proyecto INDH ya presentado. Los ex prisioneros políticos propusieron al Gobierno, en 2008, que los temas de reparación fueran presentados en un proyecto separado, lo que fue aceptado por éste y se comprometió a legislar en ese sentido. El Gobierno insiste en la aprobación y agrega tres elementos más de chantaje, por la vía del veto presidencial aditivo, a saber: ampliar el universo PRAIS reconocido por ley; incluir a ex menores que acompañaron a sus padres en la prisión y subir la pensión de la viuda un poco sobre el 60 %.Sólo la intransigencia obsesiva del Ejecutivo permite explicar esta absurda e inmoral situación, ya que de todos es sabido que hay “piso político” en el Parlamento, es decir, se cuenta con los votos necesarios para aprobar un proyecto de reparación.

LO QUE QUIEREN LOS EX PP

Una reparación justa, adecuada y proporcional al daño causado, tal como lo mandata el Derecho Internacional Humanitario. El Gobierno debe cumplir su compromiso de enviar un proyecto de ley de reparación con los doce puntos que se le presentaron el año pasado. Este proyecto debe estar encabezado por la demanda de Reapertura de la Calificación para todos los sobrevivientes de tortura y prisión política que aún no han recibido reparación alguna y calificar automáticamente a todos los expp que recibieron el bono de la Fundación Allende de España. Crear un INDH, en el que se recojan las observaciones hechas por el movimiento social y por las Naciones Unidas. Si el país ya ha esperado 36 años para enfrentar este tema puede esperar otro. Finalmente, lamentamos que algunos dirigentes llamen a apoyar este INDH a cambio de algunas reparaciones insuficientes y poco dignas. Pensamos de buena fe que algunos lo hacen por ingenuidad, pero hay otros que lo hacen por encargo del propio gobierno y eso se llama traición al movimiento de DDHH.

ANEXPP IQUIQUE

DDHH APRODDHIC * ADULTO MAYOR “VICTOR TRONCOSO”

COMITE VIVIENDA “SALVADOR ALLENDE” * COMISIÓN “PRAIS” SALUD

COMISIÓN “VALECH” EDUCACIÓN *COMISIÓN “VICARIA” DOCUMENTOS

miércoles, 22 de julio de 2009

BECA vALECH


Considerando la aprobación del Reglamento de Becas 2009 que regula el traspaso del beneficio educacional establecido en la Ley 19.992 y el reglamento de becas de educación superior Nº 407, el Ministerio de Educación ha establecido el procedimiento de postulación y posterior asignación de este beneficio, con el objetivo que aquellos estudiantes que deseen optar al beneficio puedan tener claridad de este proceso.
Es importante señalar que el traspaso puede realizarse sólo a un descendiente por cada titularque no haya hecho uso del beneficio.El beneficio al cual optan los estudiantes favorecidos con este traspaso es el mismo dispuesto para el sistema de becas de educación superior, es decir, cobertura hasta el arancel de referencia de su carrera, en el caso de cursar estudios en universidades del Consejo de Rectores y cobertura con un tope del arancel de la carrera $1.150.000 o $1.360.000 para cursar estudios en otras instituciones.
La cobertura de este beneficio corresponderá a los años de duración de la carrera definidos por el programa académico respectivo.
Podrán postular estudiantes ya sea con enseñanza media completa, que se encuentren cursando su primer año de Educación Superior (matriculados el 1er. o 2do. Semestre del año 2009) o alumnos de cursos superiores.
Estos son los antecedentes que se deben entregar en los Departamentos u Oficinas de Asistencia Social de Universidades a postular:
1.- Certificado(s) de nacimiento para acreditar descendencia.
2.- Declaración Notarial para acreditar traspaso del beneficio, según formato entregado por el Mineduc
3.- Cumplir con los requisitos académicos de la Universidad

El plazo para efectuar la gestión es hasta el 27 de agosto del presente año.

Los Postulantes podrán hacer exigible el beneficio sólo en Instituciones de Educación Superior Acreditadas ante la Comisión Nacional de Acreditación y en programas regulares conducentes a títulos profesionales o técnicos de nivel superior.

En el caso de estudiantes que deseen hacer uso de este beneficio y ya cuenten con otra beca de arancel otorgada por el Ministerio Educación, deberán establecer, por medio de una carta de aceptación de beneficios, que prescindirá de la (s) beca (s) anteriormente asignada (s).

En el caso de estudiantes que hagan uso del beneficio y que ya hayan cancelado parte del arancel de su carrera por medio de recursos propios, se les deberá hacer devolución del saldo correspondiente, si es que éste existiese.

¿FIEBRE PORCINA?

1. Si realmente es tan contagioso, ¿cómo y donde están las familias de los muertos?
2. Si la influenza porcina es una mutación del virus original de los cerdos, entonces el brote de la infección debería haber comenzado en el campo y no en la ciudades.
3. ¿Por qué no han mostrado una entrevista con algún enfermo? (he visto que entrevistan a familiares, diciendo que su familiar esta enfermo y que ya está estable gracias a los medicamentos, pero si el familiar ha estado en contacto directo con el virus que lo lógico no es que esté enfermo o en cuarentena?)
4. ¿Por qué no han dicho el nombre del retroviral que esta “curando” a la gente enferma?
5. El Gobierno de México recibió un préstamos del Banco Mundial para enfrentar la crisis, dijo el Secretario de Hacienda no necesitarlos, pero era “Por si acaso”…

—Comisiòn Prais -Iquique Julio 2009