lunes, 19 de noviembre de 2012

PROPUESTA Y LUCRO EN LA EDUCACIÓN

Recientemente se conoció la propuesta del gobierno sobre la nueva forma para calcular los aranceles de referencia para las instituciones de educación superior. El arancel de referencia constituye aquella parte del arancel efectivo que el Estado financia a los estudiantes que tienen beca o crédito. Detrás de la propuesta se percibe un objetivo loable: promover la pertinencia y calidad de la educación ofrecida. La idea básica es simple: el arancel de referencia debe ser un porcentaje acotado de los ingresos futuros que percibirán los egresados en un plazo de tiempo limitado (15 o 20 años). Al usar este criterio se espera lograr un objetivo doble.
Por una parte, que el aporte que el Estado entrega a los estudiantes refleje el valor que la sociedad (o el mercado) le otorga a la calidad de la educación superior recibida. Al atar el monto del arancel a los ingresos que percibirán los egresados en el futuro, se espera que aquellos egresados que reciban mayores ingresos reciban un mayor aporte para su educación por parte del Estado. Si los salarios que reciben los egresados indican el valor que estos egresados tienen para el mercado de trabajo, entonces los aranceles fijados de esta forma reflejarán el valor que la sociedad le otorga a sus capacidades de trabajo (valor social del trabajo). Por otra parte, interesa dar señales a las instituciones de educación superior y a las familias sobre cuál es el valor que tiene la carrera que están ofreciendo y escogiendo respectivamente. Es decir, si la educación que entrega una institución de educación superior es pertinente, ésta será valorada en el mercado mediante salarios más altos, y por ende esa educación tendrá mayor valor y podrá ser apoyada con mayores montos, en la forma de arancel de referencia, por el Estado.
De tal forma, las instituciones de educación superior podrán valorar la utilidad de las distintas carreras por el valor que tiene el arancel de referencia, y por ende podrán tomar decisiones más informadas sobre las carreras que ofrecen. De igual forma, para las familias, aquellas carreras e instituciones con mayores aranceles de referencia tienen una promesa de mayores ingresos laborales cuando los egresados salgan a trabajar. La idea básica de atar el subsidio que entrega el Estado a los beneficios que genera, no es nueva, y en el área de la economía se utiliza en forma reiterada en distintos contextos. Sin embargo, la aplicación al área educativa, y específicamente a los aranceles de referencia es novedosa. ¿La pregunta es si es razonable?
En la propuesta del gobierno se intenta incorporar la dimensión social en el cálculo de los aranceles. Básicamente lo que se propone es un ajuste al cálculo del arancel por condición socioeconómica para proteger a los alumnos vulnerables de los tres primeros quintiles de ingreso. Si una universidad tiene un porcentaje de alumnos, que provienen de los tres primeros quintiles, mayor que el promedio de todas las universidades en una determinada área de carreras, se compensa el arancel de referencia de esta institución para esta área de carreras.
Una primera idea que subyace a esta propuesta es que el mercado funciona en forma lo suficientemente eficiente como para reflejar el valor que la sociedad otorga al trabajo. Esta proposición en sí misma es altamente discutible, pero en mi opinión no es la más controversial. Baste decir que el mercado de trabajo normalmente se visualiza como un mercado con muchas y variadas imperfecciones que hace dudar que efectivamente los salarios reflejen correctamente el valor social del trabajo.
Sin embargo, es la segunda idea implícita en esta propuesta la que genera mayor tipo de dudas. Y esta es que el salario que perciben los egresados de la educación superior sólo reflejan el aporte que las instituciones educativas realizan a las capacidades laborales de estos egresados. Esta idea está implícita al conectar el valor del arancel de referencia (costo del programa educativo) a los salarios percibidos por los estudiantes (beneficios del programa educativo).
Esta idea no sólo es peregrina, sino que además no parece corresponder con la evidencia empírica. En términos simples, si la lógica que existe detrás de esta propuesta es correcta, esto significaría que la diferencia entre el ingreso que percibe el alumno con educación superior y sin educación superior es completamente atribuible a la enseñanza impartida en la institución de educación superior. Pero la verdad es que las capacidades desarrolladas por las personas en el trabajo son diversas, algunas innatas y otras adquiridas. Entre las adquiridas sólo una fracción es atribuible a la educación formal recibida. De hecho, diversos estudios muestran que el factor más decisivo para el desempeño educacional de los alumnos son las condiciones de entorno (características personales, origen de los padres, entorno familiar, etc.) y existe una gran cantidad de evidencia que sugiere que el impacto del tipo de educación es limitado o que por lo menos no es independiente de estas condiciones.
Es evidente, por ejemplo, que la proporción de jóvenes que llega a la universidad, (porque alcanzan mayores puntajes en la Prueba de Selección Académica, PSU), de los estratos socioeconómicos altos es sustancialmente mayor que la de los estratos socioeconómicos bajos. Y probablemente estos mismos alumnos tienen salarios más altos una vez que salen al mercado del trabajo, por presentar un mejor desempeño académico y también porque normalmente cuentan con mayor capital social. De tal forma que al atribuir el diferencial de salarios simplemente a la educación recibida, y el Estado favorecer con mayores subsidios a aquellos egresados que tienen mayores ingresos, simplemente se está tendiendo a favorecer las diferencias sociales existentes, previas a la educación superior.
En otras palabras, el sistema de fijación de aranceles propuesto por el gobierno tenderá a magnificar las diferencias existentes entre estudiantes de estratos de ingresos altos y bajos. La señal que se le da a las instituciones de educación superior es que favorezcan la entrada de estudiantes de estratos de ingreso alto, con altos puntajes en la PSU y no ha desarrollar costosos sistemas que permitan mejorar la competitividad laboral de los alumnos de bajos ingresos. Es decir, atenta contra la función de nivelación de oportunidades que debería tener la educación superior.
Más allá que en la presentación que el Ministerio hizo ante el Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas (CRUCH) debe haber un error, porque de acuerdo a ésta, la mayor proporción de alumnos de los tres primeros quintiles reduce el arancel de referencia, y que el ajuste propuesto potencialmente está sesgado, la pregunta central es si este ajuste realmente resuelve el problema de fondo. Cabe señalar que el ajuste por composición socioeconómica propuesto no ajusta por menores ingresos percibidos de los alumnos de los tres primeros quintiles, sino por diferencias en la composición socioeconómica de los egresados de las distintas áreas de carreras.
Para aclarar este punto, piense en el siguiente ejemplo ficticio: si el 100 % de los alumnos de un área de carreras proviene sólo de los tres primeros quintiles, entonces para todas las instituciones que dictan esta carrera el ajuste por nivel socioeconómico será cero. Esto porque todas las instituciones tendrán una proporción de alumnos igual al promedio de todas las universidades.  En este caso, por provenir los egresados de los tres primeros quintiles, probablemente tendrán ingresos laborales más bajos que si provinieran de los quintiles de ingresos más altos. Sin embargo, esto no afectará el arancel entregado por el Estado para realizar los estudios. De hecho, el sistema propuesto tenderá a desincentivar el estudio en las áreas de carrera donde exista una gran proporción de alumnos que provengan de los tres primeros quintiles. Según el Consejo Nacional de la Educación en Chile estos alumnos se concentran principalmente en las universidades tradicionales.
Pruebas al canto: De acuerdo a un matutino, en un estudio ligado al CRUCH se realizó una simulación sobre los aportes que recibirían algunas carreras y universidades si se aplicara la formula para calcular los aranceles de referencia propuesta por el Ministerio de Educación. De acuerdo a estos cálculos, un estudiante que estudia ingeniería comercial o periodismo en la Universidad de Los Andes, recibiría un arancel de referencia casi el doble que uno de la Universidad de Concepción en cualquiera de estas dos carreras. Eventualmente estas diferencias pueden reflejar las diferencias que existen en los salarios percibidos por los alumnos de estas distintas carreras y universidades en el mercado laboral, pero difícilmente muestran las diferencias por la calidad de la educación recibida, ni por los conocimientos adquiridos.

jueves, 8 de noviembre de 2012

ANEXPP IQUIQUE EN LOS ACTOS DE PISAGUA


La Anexpp-Iquique participo como todos los años en el acto solidario de la Corporación Pisagua y AFEPI donde asistieron autoridades políticas, presidentes de partidos, alcaldes, concejales electos y familiares de los DD y ex presos políticos. En su interversión el presidente Juan Parra expreso que actualmente, Chile vive un período considerado por muchos como un auge económico y de "modernización" sofisticada. Sin embargo, la democracia que se construyó en Chile a partir de 1990, conocida como "la transición," yace sobre el ocultamiento de la verdad y sobre la impunidad que protege a los responsables de las violaciones que dejaron sus secuelas en las vidas de miles de personas en Chile. Los críticos afirman que el DL 2191 no es, desde el punto de vista legal, una verdadera ley de amnistía sino más bien un autoperdón. Un documento publicado por la Academia de Humanismo Cristiano en 1989 es uno de varios que describen esta normativa como un autoperdón para el régimen militar, para beneficiar a sus agentes que cometieron violaciones a los derechos humanos. Durante el régimen militar - que tomó el poder a la fuerza en 1973, y entregó el mando al gobierno civil de Patricio Aylwin en 1990 - el pueblo chileno vivió la sistemática y masiva violación de sus más básicos derechos humanos. Las estadísticas oficiales señalan que casi nueve mil personas fueron ejecutadas, desaparecidas, o murieron como consecuencia de tortura y otros tipos de violencia política en Chile entre 1973 y 1990. La ley de amnistía chilena, es un abuso de poder que niega las bases del estado de derecho en cuanto ilegítimamente impide que el Poder Judicial cumpla su cometido de proteger los derechos de las personas y de investigar y sancionar los delitos. Una verdadera ley de amnistía, sostienen los juristas de derechos humanos, debería ser un aparato legal por el cual un estado renuncia a su autoridad penal a la luz de factores políticos y sociales compartidos por la mayoría de la ciudadanía. Finalmente el presidente de la Anexpp-Iquique pidió a todas las agrupaciones y corporaciones de DDHH utilizar la única arma que nos abrirá las grandes alamedas, con ella encontraremos la Verdad, Justicia, Igualdad, Reparación y todos la tenemos pero aun no hemos logrado con ella algo importante y es la Unidad.